DECRETO Nº 73/2020
VISTO:
La realización del protocolo aplicado a actividades de esparcimiento y prácticas deportivas, realizado por el Centro de Operaciones de Emergencia (C.O.E) central.-
Y CONSIDERANDO:
Que, el protocolo determinará recomendaciones y lineamientos generales tendientes a la bioseguridad de las personas para la realización de actividades de esparcimiento como caminatas y prácticas deportivas individuales, todo ante un escenario marcado por la presencia del COVID – 19.
Que el mismo atiende las necesidades de recuperación y mantenimiento del estado psicofísico, como un complemento de la contención social necesaria durante este período de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” determinado en el DNU 297/2020 y concordantes.
Que, el Municipio de Pozo del Molle fue facultado, a través del C.O.E Central, a la aplicación del presente protocolo y que forma parte como anexo I.
Que, esta flexibilización, se realicen siempre de forma individual, evitando actividades colectivas o grupales.
POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES
DECRETA
ART.1° -ADHIÉRASE al protocolo de esparcimiento: actividades recreativas deportivas no competitivas individuales, que forma parte del presente como anexo I; y que el mismo entra en vigencia a partir del sábado 30 de mayo de 2020.
ART.2° -ESTABLÉZCASE que actividades de esparcimiento y prácticas deportivas se realizarán de lunes a domingo de 07:00 a 13:00 hs para las siguientes actividades: Ciclismo, Tenis, Paddle, Golf y Caminatas deportivas (marcha y trote). No está autorizado el running.-
ART.3° -ESTABLÉZCASE que la actividad será realizada respetando las disposiciones y normativas nacionales, provinciales y municipales que forman parte del Anexo I.-
ART.4° – PROHÍBASE las aglomeraciones de personas, antes, durante o después de las actividades.-
ART.5° -EXCLÚYASE del presente a las personas pertenecientes a los grupos de riesgo, así como todas aquellas que presenten cualquier tipo de síntoma compatible con COVID19.-
ART.6° -COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.-