Fuente: Villamariaya.com

La Justicia villamariense condenó a un hombre por no haberle comentado a su esposa, a quien eventualmente contagió, que tenía VIH.

Teodora Perassi, abogada de la víctima, comentó que el hombre fue encontrado culpable de desobediencia a la autoridad y lesiones gravísimas calificadas por infracción de la Ley de profiláxis de enfermedades venéreas.

“Fue una lucha muy grande de parte de mi clienta. Ella se casa con una persona con la que luego estuvo seis años, desconociendo que su marido estaba infectado con VIH”, sostuvo.

“Él la contagió y por eso se convierte en delito. La salud de ella se deterioró mucho, y cuando se enteró también la afectó psicológicamente. Ella padeció SIDA y estuvo a punto de morirse; le hicieron un montón de estudios y no se daban cuenta qué tenía”, explicó la letrada.

Finalmente una doctora del Hospital Pasteur hizo los análisis correspondientes y le detectaron SIDA. “Ella siguió conviviendo en un entorno de violencia de género. Aparte de contagiarle la enfermedad era una persona violenta y manipuladora. En noviembre de 2023 terminó detenido por desobedecer una restricción”, continuó Perassi.

“En ese momento la Justicia no conocía el tema de la enfermedad, por lo que entramos en una odisea para que se conozca ese delito. La querella junto mucha prueba fundamental para el juicio, y hoy finalmente lo condenan a tres años de prisión efectiva”, contó.

“El aceptó la culpa y pidió disculpas; ella también hizo un descargo que le sirvio mucho para estar un poco más tranquila. Si bien piensa que la pena es poca, y que su enfermedad es perpétua, logró que se creyera en su palabra y que se hiciera justicia”, afirmó la abogada querellante.

Perassi valoró especialmente la valentía de su defendida para superar la estigmatización que supone hacer pública su enfermedad en la búsqueda de que se haga justicia.

La palabra de los abogados defensores

También hablaron con Villa María Ya! Darío Baggini y Florencia Guizio, abogados defensores del acusado, quienes dieron su versión.

“La verdad que nos vamos con gusto a poco porque son esos casos que en el estudio llamamos la verdad metemática. Son esos casos donde solo queremos venir al juicio, discutir toda la prueba y buscar una absolución porque no solo está en juego la libertad de una persona sino el daño reputacional que le pueda causar la condena”, comentó Baggini.

“En este caso nuestro defendido estuvo 1 año y 4 meses de prisión preventiva, lo cual es realmente un abuso de la prisión preventiva, y la pena que le podía corresponder no podía superar los tres años”, agregó.

“Ante un ofrecimiento de juicio abreviado de parte del fiscal de Cámara, y después de discutirlo con el cliente y de incluso hacerle firmar un consentimiento de que estaba informado sobre lo que eso significaba, decidió que quería terminar este momento de su vida, darle una vuelta de página y a partir del día de la fecha salir de prisión”, explicó el letrado.

“Entendíamos que en el expediente había abundante prueba en favor de nuestro cliente, en favor de la teoría de que la víctima conocía la enfermedad que padecía, de hecho tomaba una medicación diaria y estuvieron 10 años juntos, no se trató de una relación ocasional donde se podía sostener un ardid por unas horas”, dijo por su parte Guizio.

“Escapa a cualquier razonamiento que tu marido tome todos los días una pastilla al lado tuyo durante 10 años y no le preguntes de qué es”, sopesó.

“De ahí en adelante había un montón de testimonios y pruebas objetivas, historias clínicas, con las que estabamos esperanzados de conseguir una sentencia absolutoria. Lamentablemente son casos en los que los clientes prefieren irse condenados a tener que esperar tres o cuatro meses privados de su libertad para tener fecha de debate”, concluyó la abogada.