• La ley establece la capacitación obligatoria de los agentes públicos de los tres poderes del Estado en perspectiva de derechos de la niñez, entre otros contenidos mínimos.
  • La Senaf pronto dispondrá la primera formación para trabajadores y funcionarios públicos aprobada por el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.

El Senado de la Nación sancionó por unanimidad la Ley de prevención y detección temprana de la violencia contra niños, niñas y adolescentes, bautizada como Ley Lucio en nombre del niño que murió luego de sufrir violencia la provincia de La Pampa.

A partir de la muerte del niño de cinco años, la cual podría haber sido prevenida tanto como las situaciones previas de violencia que atravesó, esta Ley se propone reforzar el funcionamiento del sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y por lo tanto las competencias de todos los actores que lo integran: Estado en todos sus niveles, sociedad civil y familias.

La secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), Georgina Tavella, resalta en particular una de las medidas que establece la Ley: un plan federal de capacitación. “Obliga a todos los adultos y adultas que trabajan en ámbitos de niñez y adolescencia tanto a nivel municipal, como provincial y nacional, a tener que formarse en perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes”, explica.

Tavella indica que en el caso de Córdoba, la Senaf es la encargada de diseñar los contenidos que ya fueron legitimados por el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia con la participación de todas las provincias.

El primer módulo trata sobre prevención y promoción de derechos de niñas, niños y adolescentes. “En breve va a estar disponible en la plataforma del Campus Virtual de empleados de la administración pública no solo para formación de operadores de Senaf sino de todo el sistema: tanto municipal, provincial como nacional”, señaló Tavella.

La nueva Ley prevé formación en protocolos, procedimientos y canales para requerir intervención conjunta de instituciones especializadas, entre otros contenidos mínimos.

La secretaria de Senaf considera que la Ley recientemente sancionada es un aporte importante a las políticas públicas de protección de derechos de las infancias si bien existe un corpus normativo. “Sí, hace falta porque termina de poner en agenda la problemática de la  niñez y la adolescencia y lo importante que es pensar en clave de derechos la niñez”, apuntó la funcionaria.

La Ley Lucio que tiene por objeto la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de la capacitación de los funcionarios y agentes públicos, también promueve la actuación coordinada de los organismos intervinientes de los tres Poderes del Estado a nivel nacional y provincial, y la difusión de indicadores de violencia y medios de denuncia por intermedio de campañas semestrales de concientización.

A partir de esta ley todo agente o funcionario público, o de centros de salud o educativos, -públicos y privados-, podrá ser responsable de falta grave por omisión si tuviera conocimiento de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes, y no comunique esta situación a la autoridad administrativa o autoridad judicial competente.

El órgano de aplicación establecido para la Ley Lucio es la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.