LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Artículo 1º.- DECLARAR su preocupación por la demora en el
tratamiento y aprobación, por parte de la Cámara de
Diputados de la Nación, del Proyecto de Ley con media
sanción del Senado, que dispone la prórroga del “Régimen
de Regulación y Promoción para la Producción y Uso
Sustentable de Biocombustibles”, creado por la Ley Nacional
Nº 26.093.
Artículo 2º.- DESTACAR el esfuerzo humano, económico y técnico
realizado por todas las empresas del sector que demuestran
ser una importante fuente de creación de empleo y
desarrollo económico regional y productivo.
Artículo 3º.- ACOMPAÑAR a las empresas del sector en el reclamo
por la prórroga de la vigencia de la Ley Nº 26.093.
Artículo 4º.- IMPULSAR con el resto de las Provincias productivas de
biocombustibles la promoción de convenios y el diseño de
políticas públicas tendientes a instalar definitivamente la
conciencia sobre los beneficios ambientales, económicos y
productivos que conlleva el uso de los biocombustibles para
las economías regionales, el país y el mundo.
Artículo 5º.- PROMOVER un espacio de diálogo entre el Gobierno
Nacional, los Gobiernos de las Provincias afectadas, las
empresas productoras, transportistas y otros actores que
integren la cadena de comercialización de los
Biocombustibles.
Artículo 6º.- SOLICITAR a los Diputados Nacionales por Córdoba que
arbitren todos los medios a su alcance, tendientes a lograr el
tratamiento y aprobación en tiempo y en forma del Proyecto
de Ley mencionado en el artículo 1° de la presente
resolución.
Artículo 7º.- COMUNÍQUESE el contenido de la presente resolución a
todas las empresas productoras de Biocombustibles
radicadas en el país, a los Gobiernos de las Provincias
directamente involucrados en la temática, a los Diputados
Nacionales por Córdoba y a través de su Presidente a la
Cámara de Diputados de la Nación
Córdoba, 17 de marzo de 2021.-

Manuel Fernando Calvo- Vicegobernador- Presidente Legislatura de la Provincia de Córdoba.

Guillermo Carlos Arias- Secretario Legislativo.