EN CORDOBA LA DISPOSICIÓN ES SEGUIR ATENDIENDO URGENCIAS
La atención odontológica en todo el territorio provincial estará LIMITADA a la atención de
URGENCIAS programadas por turno previo y anamnesis telefónica u otro medio electrónico a fin de evaluar la necesidad y el caso.
Interpretamos que la Decisión Administrativa 524/2020. Atención médica y odontológica
programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; no modifica sustancialmente las condiciones en las que se viene desarrollando nuestra actividad, ni brinda libertad de desarrollar rutinariamente nuestra profesión, además deja librada tal decisión al estado provincial que a las 23:30hs del día 19 de abril de 2020, no emitió postura formal al respecto.
A la espera del pico de contagios, la recomendación es evitar absolutamente todo aquel
procedimiento que pueda implicar el uso de instrumental rotatorio, salvo situación
justificado por CONSULTA DE URGENCIA.
Justifica dicha disposición los siguientes motivos:
-La situación epidemiológica en algunas regiones de la provincia es comprometida, por lo cual la salida debe ser gradual, programada, consensuada y sin alterar los logros conseguidos en materia epidemiológica al día de la fecha.
-Sugerimos que el Comité de Emergencia Provincial, junto al Ministerio de Salud y el Colegio Odontológico de la Provincia de Córdoba, trabajen en la programación de un inicio de actividad paulatino y progresivo, contemplando en primera instancia aquellas localidades que no registran transito viral al día de la fecha, por lo cual solicitamos al colectivo profesional de odontólogos y ramas auxiliares el plazo de 72hs, para evaluar la situación epidemiológica de cada localidad y tomar una decisión con fundamentos científicos y epidemiológicos que beneficie a TODO EL PUEBLO CORDOBES.
-Las condiciones de provisión de elementos de seguridad NO ESTAN GARANTIZADAS, en
cantidad, calidad y costo asimilable y compatible con la atención rutinaria programada.
-Existe una ausencia de respuesta oficial por parte de prepagas y obras sociales, con respecto a la cobertura, por parte del paciente o de mencionados sistemas de los gastos generados en la atención en tiempos de pandemia. Atento a ello recomendamos que, ante una urgencia, dichos gastos sean cubiertos por el paciente, el profesional no puede, ni debe financiar los mismos.
La defensa gremial que ejerce al respecto este colegio profesional y demás entidades
odontológicas es inclaudicable, pero depende de la DECISION Y CONVICCION DE CADA UNO DE LOS MATRICULADOS.
-Iniciar de manera rutinaria la atención clínica, lleva a que nuestros pacientes VIOLEN EL
AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO establecido por el estado nacional,
comprometiendo la salud general y particular.
-Es primordial garantizar, como agentes sanitarios, la salud de la comunidad, por lo cual
apelamos a la conciencia de los profesionales de restringir las practicas programadas, SOLO A ATENCION DE URGENCIAS, además de ser responsables por cada acto profesional cometido
fuera de mencionada recomendación.
-La sociedad durante estos 30 días jamás fue desprotegida, brindando atención en aquellos
centros públicos y privados que disponían de guardias e insumos para garantizar medidas de
bioseguridad y una atención adecuada en el marco de la pandemia por covid-19.

Od. José Augusto Ermoli
Presidente
Colegio Odontológico
de la Pcia. De Córdoba