La Junta Electoral Municipal con la presencia de todos sus integrantes Sres. Marcelo Eduardo Cersofios, Adelaida Borgiattino, Héctor Bruno, Ricardo Caverzasi y Omar Pérez, ha formulado las siguientes disposiciones para la jornada electoral del próximo 17 de septiembre, en que se celebrarán los comicios municipales de esta ciudad de Las Varillas:
1) Atento a que esta Junta Electoral Municipal debe velar por la regularidad de los comicios y atento a que las imágenes fotográficas en las cabinas de votación configuran un riesgo al secreto de sufragio, se establece la prohibición a los ciudadanos de utilizar celular y/o cualquier otro dispositivo en el recinto de votación;
2) Con respecto a la movilidad de urnas y a los fines de facilitar el sufragio de aquellas personas que por alguna razón no puedan acceder a su recinto de votación, es que se autoriza a que el Presidente de Mesa se desplace hacia una sala próxima al acceso del establecimiento en que se vota, quedando expresamente prohibido sacar las urnas fuera del centro de votación;
3) No se podrán incorporar electores al padrón de mesa, por lo que cada ciudadano deberá desplazarse hacia la mesa donde se encuentra registrado, quedando comprendidos en la
prohibición las autoridades de mesa y Fiscales partidarios;
4) Se deja establecido que a la hora del escrutinio sólo podrán permanecer en el los establecimientos de votación dos fiscales generales por cada fuerza política, a excepción de escuela Dalmacio Vélez Sarsfield, en la cual podrán permanecer tres fiscales generales, a dichos fines de deberán denunciar sus datos a esta Junta Electoral, el día domingo 17 de septiembre próximo antes de las 12:00 horas. Los candidatos a Intendente no quedan comprendidos en la limitación mencionada por lo que podrán ingresar y permanecer sin
restricción alguna;
5) Se les requiere a los partidos políticos intervinientes a que retiren los carteles, pasacalles y/o publicidades electorales que se hallen ubicados dentro de los cien metros del ingreso de los centros de votación, antes del comienzo de la elección propiamente dicha.-
6) Por último esta Junta Electoral Municipal les ratifica a las fuerzas políticas participantes la plena vigencia Art 66 y todos sus incisos del Código Electoral de la provincia de Córdoba al que se deberá dar estricto cumplimiento.-
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