El diputado Pablo Carro presentó un proyecto de ley que declara Internet como Derecho Humano y Servicio Universal, y promueve un Plan Nacional de Conectividad. Eduardo Fernández es cofirmante.
“El derecho de acceso a Internet es uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión. La ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las tecnologías de la información para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea garantizado su acceso a las mismas”, expresa entre sus fundamentos el proyecto que lleva el acompañamiento de 29 diputados nacionales.
Para el diputado Eduardo Fernández, la iniciativa es “inclusiva y democratizadora, en tanto Internet se ha convertido en un servicio que es vehículo de otros derechos consagrados, como el derecho a la educación”.
El Plan Nacional de Conectividad tiene como objetivos garantizar la maximización de la cobertura geográfica, la accesibilidad a toda la población, la inclusión digital y la asequibilidad de paquetes de servicios esenciales.
Entre sus prioridades estarán: a) los establecimientos del sistema de educación formal de gestión pública, en sus distintos niveles, modalidades y jurisdicciones; b) las bibliotecas públicas, centros culturales, museos, organizaciones sociales y medios de comunicación públicos, universitarios y de gestión social (comunitarios, cooperativos, de pueblos originarios); y c) los estudiantes y docentes ubicados en áreas rurales, urbanas o periurbanas con dificultades para la garantía de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad.
Por dicho Plan se propondrá el despliegue de puntos de wi fi de acceso gratuito, de gestión pública o privada, que funcionarán en las oficinas públicas y/o los lugares de interés público a determinar en cada ciudad o localidad del país.
La iniciativa propone que los proveedores de servicios de Internet dispongan de un plan inclusivo con tarifa diferenciada, a efectos de facilitar y ampliar el acceso a Internet. En tanto, la autoridad de aplicación establecerá: la gratuidad del acceso y navegación por dispositivos móviles en sitios web oficiales de salud y educación para toda la población; y la gratuidad del acceso y navegación por dispositivos móviles en sitios web con contenidos educativos y fines pedagógicos para los y las estudiantes y docentes del Sistema Educativo Nacional, en todos los niveles y modalidades, en condiciones de igualdad y sin admitir discriminaciones de ningún tipo, previa declaración fundada del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación.